Me compro un coche eléctrico, ¿qué potencia eléctrica debería contratar en casa?
Si estás pensando en adquirir un coche eléctrico deberías hacerte esta pregunta, ¿qué potencia eléctrica debería contratar en casa? Piensa que haciendo unos pequeños cálculos la inversión podría ser mucho menor de lo que piensas.
Cada vez son más los fabricantes de automóviles que están introduciendo en sus gamas coches completamente eléctricos pero estos vehículos tienen que realizar sus cargas; ya sea en cargadores públicos o en cargadores privados instalados en los propios domicilios de los propietarios.
Ahora bien, me compro un coche eléctrico pero, ¿qué potencia eléctrica debería contratar en casa? Aunque cada vez son más los puntos de recarga público que se pueden encontrar circulando por las vías de nuestro país, es recomendable que las cargas se produzcan en los hogares puesto que, por el momento, no se han estandarizado las cargas ultra-rápidas que permitan a los conductores recargar su automóvil en escasos minutos en una denominada electrolinera.
Es importante diferenciar que una carga rápida suele ser en corriente continua, CC, y suele estar disponible en varias potencias que se encuadran entre los 50 y los 100 kW. Cuando se produce a 150 kWh se denomina carga súper-rápida mientras que cuando se produce a 350 kWh se clasifica como carga ultra-rápida. Además, las cargas semi-rápidas son en corriente alterna, CA, y varían entre los 11 kW y los 22 kW. Aunque en gran parte de Europa son potencias estándar, en España, por el momento, no es tan común.
¿Qué potencia eléctrica contratar si tengo un coche eléctrico?
Ahora es cuando las marcas de automóviles están apostando por el desarrollo de coches eléctricos y con ellos el aumento de capacidad de las baterías de iones de litio. Este incremento puede hacer que el mercado se llene de vehículos con baterías de capacidad aproximada a los 65 kWh, es decir, alrededor de 400 kilómetros de autonomía real. Este dato traducido a los tiempos de carga puede rondar las 6 horas con un puesto de 11 kW y las 3 horas si el punto es de 22 kW. Si se dispusiera de carga rápida, el vehículo podría estar cargado en una hora y veinte minutos con una potencia de 50 kW, cuarenta minutos a 100 kW, 25 minutos a 150 kW y 10 minutos a 350 kW.
Si se tienen en cuenta los trayectos diarios, estudios afirman que apenas se realizan de media 30 km/día con el coche por lo que, si las cargas se realizaran en casa y por la noche, se conseguiría tener la batería con bastante autonomía disponible y no recurrir a los cargadores públicos.
Antes de tomar la decisión de qué potencia contratar en casa para cargar el coche eléctrico es importante conocer que la mayor parte de los coches eléctricos que se encuentran actualmente en el mercado solo pueden cargar a un máximo de 7,4 kW con un enchufe monofásico. Esto significa que se podrá contratar el tipo de potencia que vaya más acorde con nuestras necesidades. Las más habituales son 2,3 kW, 3,45 kW, 4,6 kW, 5,75 kW o 6,9 kW, pero es importante recordar que cada usuario puede contratar la potencia exacta que desee.
Como consejo, lo recomendable sería contratar una potencia de 4,6 kW o incluso la de 5,75 kW, pero siempre se puede optar por la de 6,9 kW que hará posible que el vehículo con una batería de 65 kWh esté completamente cargado en alrededor de nueve horas.
¿Qué requisitos se necesitan para instalar un punto de carga en casa?
Los coches eléctricos se pueden cargar en cualquier enchufe que tenga unas determinadas características técnicas (empezando por toma de tierra), pero hay algunas pequeñas consideraciones a tener en cuenta. Cuanta más rápida queremos que sea la carga, más hay que profundizar en temas técnicos.
Si tenemos una vivienda unifamiliar con garaje privado, seguramente tendremos una toma con 10 amperios, lo cual daría un máximo de 2,3 kW de potencia. Los coches eléctricos pueden tener o un pequeño cargador para uso ocasional, o un conector específico para puntos de recarga diseñados para tal fin. En algunos casos, el cargador de uso ocasional se vende por separado y no viene incluido en el equipamiento.
El cargador ocasional no es tan rápido como el específico, y puede funcionar realmente despacio. Por ejemplo, si funciona a 6 amperios, necesitaríamos 12 horas para llegar a 16 kWh. Dependiendo de la instalación, hará falta más o menos obra y modificaciones en el circuito eléctrico. El grosor de los cables, por ejemplo, es un factor a tener en cuenta. El reglamento que regula todo esto se llama TC-BT-52, del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado el año pasado. Todas las instalaciones deben realizarse por personal cualificado. Los puntos de recarga rápida y supercargadores no se han pensado para usuarios domésticos por su elevado coste. Su finalidad es resolver problemas de movilidad puntuales, no son para uso habitual y continuado.
Podemos instalar un punto de recarga en plaza de garaje colectiva, informando por escrito al presidente de la comunidad, como define la Ley 19/2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios. En el caso de necesitar un contador secundario, es necesaria la aprobación de la comunidad de propietarios también.
Dependiendo del caso de cada uno, se instalará un contador separado o se derivará desde el contador principal una línea al cargador. Conviene asesorarse con un electricista cualificado, porque este tipo de instalaciones solo podrán hacerlas ellos. El coste depende de qué haya que hacer en cada caso.
En ningún caso la comunidad de vecinos asumirá dichos costes. Al margen, hay que considerar el coste del propio punto de recarga, dependiendo de su potencia, medidas de seguridad y tipos de conectores. Los más básicos tienen conector Schuko, otros tienen conector europeo Mennekes y otros el Yazaki. El precio orientativo estaría entre 500 y 1.500 euros, pero se acaba de aprobar el denominado Plan MOVES, que otorgará ayudas a la instalación de un punto de carga, además de para la compra de un coche eléctrico.
Por otra parte, las compañías eléctricas tienen una tarifa diseñada especialmente para los coches eléctricos, cuyo nombre técnico es Tarifa 2.0 DHS, y está pensada para una potencia máxima de 10 kW, es lo que anteriormente se conocía como Tarifa Súper Valle. Si bien el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, que instauró esa tarifa regula la manera de calcular los precios voluntarios para el pequeño consumidor, éstos son libres y se establecen cada hora. Podemos consultarlo en el Portal de Transparencia de la Red Eléctrica Española (ESIOS).
Esta tarifa permite ahorrar dinero al cargar el coche en las franjas horarias en las que menor demanda de energía hay, es decir por la noche. Como se puede comprobar, son muchos los factores que intervienen en la decisión de elegir una potencia eléctrica para cargar el coche eléctrico en el domicilio.
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